Envases y residuos de envases

En 1994 la Comisión Europea publicó la Directiva 94/62/CE sobre envases y residuos de envases. Nació con el objetivo de armonizar las posteriores reglamentaciones a nivel nacional para aunar esfuerzos para reducir el impacto de los envases y sus residuos. La Directiva 94/62/CE ha experimentado varias modificaciones, y la más actual en 2018 en la Directiva (UE) 2018/851, donde se establecen los objetivos específicos.

Esta directiva y las posteriores que la modificaban, junto con otras que las complementan, como la Directiva 2008/98/CE sobre residuos, y la Directiva (UE) 914/2004 sobre reducción del impacto de los envases de plástico, sentaron las bases sobre las que desarrollar la Ley 7/2022 sobre residuos que abría en marco reglamentario en el estado sobre la que posteriormente se desarrolló el Real Decreto 1055/2022 sobre envases y residuos de envases.

Estas nuevas reglamentaciones establecen nuevas obligaciones para todos los agentes de la cadena que generan o utilizan envases de cualquier tipo mediante el concepto de Responsabilidad Ampliada del Productor, y se establecen nuevos objetivos para regular la cantidad y materiales de los envases tanto generados como desechados. Se regulan los objetivos de reutilización, la reciclabilidad y reducción del peso de los envases mediante medidas específicas en los diferentes eslabones de la cadena alimentaria.

Directiva 94/62/CE de envases y residuos de envases

  • Directiva 94/62/CE, de 20 de diciembre de 1994, de envases y residuos de envases.
    • Directiva 2004/12/CE, de 11 de febrero de 2004, por la que se modifica la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases.
    • Directiva 2013/2/UE, de 7 de febrero de 2013, por la que se añade el Anexo I a la Directiva 94/62/CE. Se citan ejemplos sobre qué son y qué no son considerados envases.
    • Directiva (UE) 2018/852, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases. Establece nuevos objetivos de reciclado.
  • Directiva 2008/98/CE, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos.
    • Directiva (UE) 2018/851, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos.
  • Directiva (UE) 2019/904, de 5 de junio de 2019, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente.

Con el objetivo de armonizar las medidas nacionales sobre la gestión de los envases y de los residuos de envases; y mejorar la calidad del medio ambiente mediante la prevención y la reducción del impacto de los envases y residuos de envase sobre el entorno, la Comisión aprobó la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases.

La Directiva (UE) 2018/852 constituye la última modificación de la Directiva 94/62/EC y contiene medidas actualizadas concebidas para:

  • Prevenir la producción de residuos de envases.
  • Promover la reutilización, el reciclado y demás formas de valorización de residuos de envases, en detrimento de su eliminación final, contribuyendo así a la transición hacia una economía circular.

La Directiva abarca todos los envases existentes en el mercado europeo y a todos los residuos de envases, independientemente de que se usen o produzcan en la industria, comercio, oficinas, establecimientos comerciales, servicios, hogares o en cualquier otro sitio, sean cuales fueren los materiales utilizados.

Los países de la UE deben fomentar un aumento de la proporción de envases reutilizables presentes en el mercado y de sistemas de reutilización de envases de forma respetuosa con el medio ambiente que no comprometan la seguridad alimentaria ni la seguridad de los consumidores. Estos sistemas pueden incluir:

  • Sistemas de depósito y devolución.
  • Objetivos.
  • Incentivos económicos.
  • Porcentajes mínimos de envases reutilizables puestos en el mercado por cada tipo de envases, etc.

Los países de la UE deben también adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de objetivos de reciclado, que varían en función del material de envasado:

Objetivos

Reciclaje en peso respecto a todos los residuos de envases

2025: 65%     2030: 70%

Objetivos de reciclado por material

2025 2030
Plástico 50% 55%
Madera 25% 30%
Metales ferrosos 70% 80%
Aluminio 50% 65%
Vidrio 70% 75%
Papel y cartón 75% 85%

La Directiva 94/62/CE está en vigor desde el 31 de diciembre de 1994 y tenía que adquirir rango de ley en los países de la UE a más tardar el 30 de junio de 1996.

La Directiva (UE) de modificación 2018/852 está en vigor desde el 4 de julio de 2018 y tenía que adquirir rango de ley en los países de la UE a más tardar el 5 de julio de 2020.

La Comisión Europea ha propuesto un nuevo Reglamento sobre los envases y residuos de envases que modificaría la Directiva (UE) 2019/904, y que derogaría la Directiva 94/62/CE.

Las principales novedades introducidas por la Directiva 94/62/CE son:

Requisitos básicos

Los países de la UE deben garantizar que los envases puestos en el mercado cumplan los requisitos básicos recogidos en el anexo II de la Directiva:

  • Limitar el peso y el volumen de los envases a una cantidad mínima adecuada para seguir garantizando el nivel necesario de seguridad, higiene y aceptabilidad para el producto envasado y para los consumidor.
  • Reducir al mínimo el contenido de sustancias peligrosas del material del envase y sus elementos.
  • Diseñar envases reutilizables o valorizables, de modo que puedan aprovecharse mediante reciclado de materiales, en forma de compostaje o en forma de recuperación de energía.

La Directiva modificada aclara la diferencia que existe entre los envases valorizables en forma de compostaje y los residuos de envases biodegradables y especifica que los envases de plástico oxodegradables (envases de plástico con aditivos que los descomponen en partículas microscópicas y que, por lo tanto, contribuyen a la proliferación de microplásticos en el medio ambiente) no se consideran biodegradables.

Actualmente, la Comisión Europea estudia el modo de reforzar los requisitos básicos con miras a mejorar el diseño de los envases para la reutilización y fomentar el reciclado de alta calidad, así como para mejorar el cumplimiento de dichos requisitos.

Sistemas de valorización de los envases

Los países de la UE deben garantizar que se establezcan sistemas para la devolución y/o recogida de envases usados y/o de residuos de envases, así como la reutilización o valorización, incluido el reciclado, de los envases y/o residuos de envases recogidos.

Responsabilidad del productor

A más tardar a finales de 2024, los países de la UE deberán garantizar la puesta en marcha de regímenes de responsabilidad ampliada del productor para todos los envases. Los regímenes de responsabilidad ampliada del productor cubren la dimensión financiera (o financiera y organizativa) de la devolución y/o la recogida de los envases usados y/o de residuos de envases y la orientación de los mismos hacia la opción de gestión de residuos más apropiada, así como la reutilización o el reciclado de los envases y los residuos de envases recogidos. Estos regímenes deben cumplir con los requisitos mínimos establecidos por la Directiva marco 2008/98/CE sobre los residuos.

Los regímenes deben contribuir a incentivar los envases diseñados, fabricados y comercializados de tal modo que se promueva la reutilización de envases o el reciclado de alta calidad y se reduzca al mínimo el impacto medioambiental de los envases y sus residuos.

Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases

  • Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases. Deroga la Ley 11/1997. Desarrolla la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados. Incorpora los objetivos de reciclado de la Directiva (UE) 2018/852.
  • Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Deroga la Ley 22/2011. Traspone la Directiva (UE) 2018/851, y también introduce en el marco regulatorio nacional la Directiva (UE) 2019/904. Estable el marco normativo de residuos, y en especial los de plástico, que permitirá el desarrollo del Real Decreto 1055/2022.

A nivel estatal el Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases es la normativa referencia. Ésta afecta a todos los envases de la cadena alimentaria, ya sea un envase primario (doméstico), envase secundario (comercial) o envase terciario (industrial).

Este Real Decreto adopta los objetivos establecidos en la anteriormente mencionada Directiva (UE) 2018/852, y desarrolla la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados que estableció las bases en materia del impacto de los productos de plástico, incorporando lo establecido en la Directiva (UE) 2019/904, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente.

Las novedades principales introducidas en el Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases se detallan a continuación:

Productor del producto = Envasadores

Los industria encargada de envasar los productos adquiere una nueva responsabilidad: Financiar y organizar la gestión de los residuos de envases en los que se venden sus productos.

¿Quién es el productor de producto?

Son los envasadores o agentes económicos dedicados a la importación o adquisición de productos envasados para su puesta en el mercado:

  • El titular de la marca de distribución con sede en España.
  • El responsable de la puesta en el mercado de los productos envasado por encargo.
  • Las plataformas de comercio electrónico, para productos de fuera de España, si no se ha designado representante autorizado.

Prevención y reducción de residuos

Objetivos

Reducción del peso de los envases

2025: 13%    2030: 15%    (Respecto a 2010)

Reducción del número de botellas de un solo uso

2030: 20%  (Respecto a 2022)

Medidas adoptadas

  • Se prohíbe la venta envasada de frutas y verduras enteras de lotes de menos de 1,5 kg, salvo excepciones.
  • Al menos un 20% del área de venta de los comercios deberá dedicarse a productos a granel en comercios de más de 400 m2.

Reutilización

Objetivos

Proporción de envases comerciales reutilizables

2030: 20%      2035: 30%

Proporción de envases reutilizables en sector HORECA

2025 2030 2035
Agua envasada 30% 40% 50%
Cerveza 80% 85% 90%
Bebidas refrescantes 60% 70% 80%
Otras 20% 25% 30%

Medidas adoptadas

  • Los comercios minoristas deberán ofrecer un mínimo de envases reutilizables de bebida dependiendo de la superficie.
  • Los establecimientos que vendan a granel deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables de la clientela.

Reciclaje

Todos los envases deberán ser reciclables en 2030, y reutilizables cuando sea posible.

Objetivos

Reciclaje en peso respecto a todos los residuos de envases

2025: 65%      2030: 70%

Reciclaje de los materiales contenidos en los envases en peso 

2025 2030
Plástico 50% 55%
Madera 25% 30%
Metales ferrosos 70% 80%
Aluminio 50% 65%
Vidrio 70% 75%
Papel y cartón 75% 85%

Medidas adoptadas

  • Los comercios minoristas deberán ofrecer un mínimo de envases reutilizables de bebida dependiendo de la superficie.
  • Los establecimientos que vendan a granel deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables de la clientela.

Obligación de información

Los productores de producto tienen 3 meses desde la fecha de entrada en vigor para inscribirse en la sección de envases del Registro de Productores de Productos:

  • Deberán recopilar información (anexo IV) relativo a los envases puestos en el mercado nacional cada año natural.
  • Dicha información será emitida antes del 31 de marzo del año siguiente.
  • Deberán aportar un certificado de pertenencia a un sistema individual o colectivo de responsabilidad ampliada del productor.
  • Se asignará un número de registro que deberá figurar en las facturas.

Marcados obligatorios y facultativos

MARCADO VOLUNTARIO

  • Materiales empleados.
  • Porcentaje de reciclabilidad.
  • Porcentaje de contenido reciclado.

MARCADO PROHIBIDO

  • Se prohíbe el marcado con las palabras «respetuoso con el medio ambiente» o equivalentes.

MARCADO OBLIGATORIO EN 2025

  • Los envases compostables deberán estar indicados y estarán fabricados de acuerdo con la norma EN 13432:2001 o equivalente.
  • Los envases reutilizables deberán indicar su condición.
  • Se indicará el porcentaje de contenido reciclado.

Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR)

  • Los productores de producto deberán establecer SDDR para envases reutilizables.
  • Si no se cumplen los objetivos de recogida separada de las botellas de plástico de un sólo uso (art. 59.2 de la Ley 7/2022) se deberá desarrollar un SDDR.
  • Los productores de productos que introduzcan en el mercado envases reutilizables deberán cobrar a sus clientes, hasta el consumidor final y en concepto de depósito, una cantidad por cada unidad de envase y aceptar la devolución de los envases usados devolviendo la misma cantidad cobrada.

Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP)

Los productores de producto tienen 3 meses desde la fecha de entrada en vigor para inscribirse en la sección de envases del Registro de Productores de Productos:

Obligaciones del productor de producto

  • Deberán inscribirse en el registro de productores de producto antes del 29 de marzo de 2023.
  • Deberán remitir anualmente, antes del 31 de marzo, información relativa a los envases que hayan introducido en el mercado cada año natural.
  • Deberán financiar la gestión de residuos a través de sistemas individuales (SIRAP) sujetos a comunicación previa, o a través de sistemas colectivos (SCRAP) sujetos a autorización.
  • Anualmente, antes del 28 de febrero, deberán proporcionar a los SCRAP la información necesaria.
  • Los productores de producto que hayan superado las cantidades recogidas en el artículo 18, deberán desarrollar un plan empresarial de prevención y ecodiseño con carácter  quinquenal.

Obligaciones de los comerciantes y distribuidores de envases domésticos, y de los distribuidores de envases comerciales.

  • Comercializar productos envasados que dispongan del número de identificación del productor del Registro de Productores de Productos.
  • Participar en los SSDR para los envases reutilizables.
  • Colaborar en la recogida separada de determinados residuos de envases.

Obligaciones de los poseedores de envases comerciales reutilizables y de residuos de envases.

  • Deberán retornar a los distribuidores o a los envasadores, los envases sujetos al SDDR.
  • Deberán separar por materiales los residuos de envases comerciales no sujetos al SDDR.

Envases de plástico

La reducción de la cantidad de plástico contenida en los envases, la reciclabilidad de los mismos y la reducción de los plásticos de un sólo uso son algunas de las acciones prioritarias que se han trasladado a las normativas que hemos visto anteriormente. En Europa se han establecido objetivos específicos para la reducción del plástico en los países de la unión con el objetivo de minimizar su impacto en el medio ambiente.

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