La nueva Ley 16/2021, de 14 de diciembre, sobre la mejora del funcionamiento de la Cadena Alimentaria, incluye modificaciones sustanciales en la Ley 12/2013, de 2 agosto, principalmente en lo referido a la relación comercial entre el productor y comprador. 

La Ley 16/2021, incluye como novedad principal la obligatoriedad de que exista un documento contractual que establezca los criterios de la relación comercial entre el productor y el comprador, y éste deberá existir antes de la ejecución de la transacción. Entre muchos aspectos que se regulan sobre el contenido, información mínima, obligatoriedad, etc. del contrato, destacamos que el precio de venta de un producto nunca deberá ser inferior a los costes de producción.

De esta manera la Ley 16/2021 viene a trasponer lo establecido en la Directiva (UE) 2019/633 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, relativa a las prácticas comerciales desleales en las relaciones entre empresas en la cadena de suministro agrícola y alimentario.

El MAPA recientemente ha elaborado una nota divulgativa dirigida a los agentes implicados de la producción primaria, en la que se abordan 10 preguntas y respuestas para facilitar la comprensión de los puntos más destacados de la nueva Ley.